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Desafortunadamente, podemos encontrarnos frente a una situación en la que tras una actuación médica, se han ocasionado lesiones indebidas o perjuicios identificados que no son atribuibles a las dolencias o enfermedades previas, sino que son fruto de una mala praxis médica con un nexo causal directo en las acciones de los profesionales que nos atendieron. Para poder emprender acciones legales contra estos actos, lo primero que tendrá que hacer es comprobar que, efectivamente, está ante una negligencia médica.

Una negligencia médica se produce cuando el médico o profesional que le ha atendido se desvía de la práctica de su profesión y actúa sin cumplir la Lex Artis Medica, ésta es, el código mediante la cual se rige la práctica médica y que se encuentra recogida en guías y protocolos médicos. El resultado dañoso ha de ser real y material, no puede tratarse por tanto, de un daño moral sin ningún tipo de secuela.

Si considera que puede haber sufrido una negligencia médica y quiere seguir adelante, al objeto de comenzar las acciones legales oportunas, lo primero que debe hacer es recopilar toda la información que ha ido obteniendo sobre su caso; informes médicos, de urgencias, recetas, informes de pruebas realizadas, diagnósticos y todo documento que haya surgido de la historia médica etcétera. Es importante que no solicite aún su historial médico al centro de salud donde ha sido atendido, espere a contratar un abogado que pueda acompañarlo en esta tarea. El siguiente paso es encontrar un abogado especializado en la materia, consultar su caso con éste caso y darle toda la información recopilada. Solo así tendremos un conocimiento más exacto de si el caso que nos ocupa es viable o no, y nos ayudará a conseguir su historial clínico del centro al que acudió. Otra de las razones por las que acudir a un despacho especializado es una buena idea se debe a que, gracias a su experiencia, conocerán peritos médicos especializados y con experiencia en negligencias médicas, lo que aportará una fiabilidad importante al informe por éste emitido. El perito encontrará el nexo causal entre las dolencias físicas y las actuaciones llevadas a cabo por los profesionales. Si recibe un informe pericial negativo por parte del perito, lo más aconsejable es no seguir adelante. Tenga en cuenta que éste informe será la prueba clave de su caso.

Si ha obtenido informe favorable, es el momento de distinguir si la negligencia se ha producido en un centro público o privado ya que el procedimiento a seguir es totalmente diferente. En el caso de haberse producido en un centro público, la responsabilidad no recae en el médico que le trató sino en la Administración Pública. De este modo, se iniciará procedimiento de “Reclamación por responsabilidad patrimonial” frente a la Administración pública. Este es un procedimiento necesario antes de acudir a los tribunales, ya que, tal y como lo establece la ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones y Procedimiento administrativo Común. Este procedimiento se presentará ante la administración Sanitaria que corresponda, a la que deberá adjuntarse todos los documentos y datos que se consideren relevantes para el caso, así como la indemnización que se reclama y en la que cuantifica el daño. Para las reclamaciones por responsabilidad patrimonial se establece el plazo de un año, a contar desde el alta del paciente (curación de la lesiones) o en caso de fallecimiento, desde que se produce éste. Tras la reclamación pueden darse dos supuestos; la respuesta de la administración o el silencio administrativo. Si recibe contestación se le otorgará la correspondiente compensación pero si después de 6 meses no recibe contestación, su reclamación será considerada desestimada por silencio administrativo. En este caso, estaría automáticamente legitimado para comenzar acciones legales, el procedimiento adecuado a estos efectos sería la vía contencioso-administrativo.

En el caso de tratarse de un centro privado, el procedimiento varía. En este caso procede interponer una demanda por responsabilidad civil contra quienes causaron el daño, que, en éste caso, sí se tratará de los facultativos en cuestión. El proceso se tramitará en la jurisdicción civil mediante una reclamación por daños y perjuicios. Podemos distinguir entre dos plazos de prescripción. La primera de ellas será de un año por responsabilidad extracontractual, esto significa que si, por ejemplo el facultativo no actuó con la debida diligencia o se atendió defectuosamente dispondrá de un plazo de 1 año, si la responsabilidad es contractual, como por ejemplo no realizar los servicios por los que se pagó, el plazo será de 15 años. Tenga en cuenta que, normalmente, los centros privados cuentan con un equipo de abogados expertos en la materia, por lo que no es recomendable actuar sin asistencia letrada para buscar un equilibro entre las partes. Existe una última vía por la que se puede reclamar, la vía penal, por medio de la cual, se exigirá además de la indemnización monetaria, la imposición de la correspondiente pena para el médico, ya sea de inhabilitación o privación de libertad.

A la hora de buscar información sobre negligencias médicas, se pueden encontrar multitud de anuncios con sumas por indemnizaciones bastante altas. En efecto, las indemnizaciones por negligencia médica puede acumular una suma considerable, sin embargo demostrar una negligencia no resulta en absoluto tarea fácil. También va a encontrarse con que, si su caso se encuentra en un proceso judicial este puede dilatarse en el tiempo, así como el hecho de que la indemnización reconocida en sentencia, puede no ser la esperada, existiendo la posibilidad de recursos en instancias superiores.

 Otro aspecto importante a valorar, son las costas procesales, éstas serán soportadas por la entidad en cuestión si usted gana el juicio, pero si sucede lo contrario y pierde el juicio, serán soportadas por el demandante. El importe de las costas varía dependiendo de la jurisdicción ante la que se tramite la reclamación y de la cuantía reclamada.

ACTUALIZACIÓN DE CONTENIDOS (NOVIEMBRE 2015): Para ampliar información te dejamos el enlace a nuestra participación en el programa de televisión Málaga TeVé, de la cadena PTV, emitido en noviembre 2015 donde abordamos el tema de las NEGLIGENCIAS MÉDICAS.

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