DERECHO A LA DESCONEXIÓN DIGITAL EN EL ÁMBITO LABORAL
La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE de 6 de diciembre), recoge en su articulado una serie de derechos laborales relacionados con las nuevas tecnologías, entre el que se encuentra el derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral (art. 88).
Hemos realizado un resumen con los principales cambios introducidos en su regulación que hemos publicado en el blog GraduadoSociales.es al que puedes acceder haciendo clic sobre la imagen que aparece a continuación: