Recomendaciones para las bajas de larga duración (Incapacidad Temporal)
Las bajas médicas (procesos de incapacidad temporal) tienen una duración máxima de 12 meses, sin perjuicio de la prórroga y la demora en la calificación posterior que pueda acordar el INSS, como explicamos en otra entrada anterior titulada: «¿Cuánto puedo estar de baja?«.
El hecho de que una baja médica se prolongue durante un año o más, puede significar en muchos casos (no necesariamente), que el procedimiento finalice con una declaración de incapacidad permanente tras pasar por el (conocido como) Tribunal Médico (su nombre correcto es Equipo de Valoración de Incapacidades).
Es por ello, que ante situaciones de bajas de larga duración y ante la posibilidad de que al final pasemos por el Tribunal Médico (Equipo de Valoración de Incapacidades – EVI -) resulta conveniente seguir una serie de recomendaciones:
Informes médicos actualizados
Debes tener en tu poder los informes médicos actualizados y pruebas, no sólo de la enfermedad por la que estás de baja, sino de cualquier otra enfermedad que padezcas que pueda afectar a tu capacidad para trabajar.
Ten en cuenta que el EVI para determinar el grado de incapacidad que te afecta (los dos principales: incapacidad permanente total e incapacidad permanente absoluta) valorará TODAS tus enfermedades.
Es posible que algunos padecimientos por sí mismo no sean incapacitantes, pero de forma conjunta, sí supongan una limitación para el trabajo y se te pueda reconocer una incapacidad
Busca asesoramiento profesional
Cada caso es diferente, a medida que avanzan los meses de baja, te asaltarán dudas y más dudas. A tu malestar por tu enfermedad, se añade la incertidumbre acerca del futuro (tanto personal como laboral).
Es el momento de acudir a un profesional para que te asesore sobre la situación en la que te encuentras, pasos a seguir, vías de impugnación y posible repercusión sobre tu contrato de trabajo, si es tu caso.
Observamos con mucha frecuencia, que el cliente acude al despacho tras ser dado de alta por el INSS o se le ha denegado la prestación y además con los plazos para reclamar casi a punto de vencer, lo que limita el margen de actuación para preparar adecuadamente el expediente. Por este motivo, siempre recomendamos el asesoramiento preventivo, ya que resulta mucho más eficaz y en ocasiones evita tener que ir a juicio.